No me llames
[ir a 1-Moscato, pizza y googleá] [ir a 3-Googol, el "gran hermano]El tema principal de la parte 1 de este artículo es la sensación de impunidad que tiene un titular de una línea telefónica ante los llamados no deseados de las empresas de telemarketing y el (mal) tratamiento de sus datos personales.
En nuestro país, aparentemente la solución estatal que se propone es la implementación de "Registros No Llame" en algunas regiones, como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que es la pionera, con el objeto de proteger a los usuarios de servicios telefónicos de los posibles abusos que puedan surgir del uso del telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios.
Según la ley provincial 2014 sancionada en el 2006, pueden inscribirse en el "Registro No Llame" toda persona titular de una línea telefónica que manifieste su decisión de no ser contactada telefónicamente por empresas que, haciendo uso de datos personales, utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de dicha ciudad. El mecanismo es simple, los usuarios telefónicos se pueden registar presentándose personalmente o llamando a la línea gratuita 147 por un lado, y además todas las empresas que desarrollan actividades de telemarketing comercial deben inscribirse via web a efectos de recibir el listado de números registrados a los que ley 2014 les impide llamar. Como era de esperarse, la adhesión inicial al sistema tuvo tal éxito que hizo colapsar el 147 como lo consigna el periódico Clarín en su edición del 05/07/2012. Las oficinas de atención de llamadas del Gobierno porteño reciben cada día 13.000 llamados, mientras que personalmente hacen reclamos 700 vecinos. Allí también se señalan los puntos pendientes a resolver: "no considera a los teléfonos celulares, en los que se suelen recibir mensajes de texto con promociones. Además, sólo rige para las empresas de telemarketing que estén radicadas en la Ciudad (unas 200), no a las de otros distritos: de hecho, varias de las compañías del rubro están instaladas en el Interior, por una cuestión de costos".
Además de la Ciudad de Buenos Aires Buenos, se puede recurrir al Registro "No llame" de la provincia de San Juan que tiene solamente la modalidad del trámite personal en Defensa al Consumidor. En otras provincias, como en Santa Cruz y Santa Fe, pese a que el sistema está creado, aún resta su implementación. Con respecto a los fundamentos legales de este Registro, algún call-center podría argumentar que el teléfono de una persona es parte de una base de datos pública, como lo es la guía telefónica, a los que se podría llamar de la misma manera que en una campaña publicitaria se envían correos con folletería en papel a los domicilios particulares o laborales. Para responder a este planteo basta a modo de ejemplo mencionar el artículo 43º de la Constitución Nacional Argentina, que garantiza los derechos de amparo, habeas corpus y habeas data, y sostiene que “Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley". Para finalizar, lo que es inaceptable de lo ocurrido en "la Pizzería" ficticia es la violación del secreto bancario y la manipulación inescrupulosa de datos sensibles como son los relacionados con el estado de salud personal, creencia religiosa, doctrina política, raza u orientación sexual.
Opino que urge agilizar la promulgación de una ley que constituya el Registro Nacional "No llame" como los proyectos presentados por los legisladores Norma Morandini, Gustavo Canteros o Guillermo Jenefes. Una vez publicada en el Boletín Oficial, prontamente habría que reglamentarla, aprovechando las experiencias actuales con soluciones anticipadas y darle curso a la implementación del Registro mediante un sistema de adhesión dual, telefónico y por Internet, soportado por una base de datos nacional única y protegida, con los niveles de seguridad necesarios que garanticen la confidencialidad de la información que contiene, y posibilitando el acceso y actualización en línea de los datos a las empresas de telemarketing para que puedan ejercer su derecho de trabajo respetando a los ciudadanos que no desean ser llamados.